La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha turnado el amparo de Mario Aburto Martínez, asesino confeso de Luis Donaldo Colosio Murrieta, a la ponencia del ministro Giovanni Figueroa Mejía. Esta acción busca definir si la condena de 45 años de prisión impuesta en 1994 fue correcta o si debe aplicarse el Código Penal de Baja California, que podría implicar la compurgación de su pena.
La trascendencia de la atracción del caso por la SCJN
La Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió atraer el caso de Mario Aburto Martínez a petición de la Fiscalía General de la República (FGR) en enero pasado, una determinación aprobada por una mayoría de seis ministros. Esta acción subraya la excepcional trascendencia nacional del asunto, dado que el máximo tribunal establecerá los parámetros para analizar un procedimiento penal en casos de magnicidio bajo el sistema tradicional. La finalidad es garantizar los derechos tanto del quejoso como de las víctimas.
La decisión de atraer el caso se tomó con los votos a favor de ministros como Hugo Aguilar Ortiz, Irving Espinosa Betanzo, Lenia Batres Guadarrama, Loretta Ortiz Ahlf, Giovanni Figueroa Mejía y Arístides Guerrero García. Las ministras Yasmín Esquivel Mossa y María Estela Ríos González votaron en contra, mientras que la ministra Sara Irene Herrerías Guerra se excusó de participar debido a su desempeño previo en la FGR.
El rol de la ponencia del ministro Figueroa Mejía
El ministro Giovanni Figueroa Mejía ha sido designado como el ponente encargado de analizar el expediente y elaborar un proyecto de sentencia que resolverá de manera definitiva la controversia jurídica. En el ámbito jurídico, una ponencia se refiere a la comunicación o propuesta sobre un tema específico que se somete al examen y resolución de una asamblea o cuerpo colegiado, siendo el ponente el experto designado para presentar dicho informe o dictamen. En este contexto, la ponencia del ministro Figueroa Mejía será crucial para determinar el futuro legal de Aburto Martínez y sentar un precedente sobre la interpretación de delitos de alto impacto.
Antecedentes y el eje de la controversia jurídica
El caso de Mario Aburto Martínez, sentenciado por el homicidio de Luis Donaldo Colosio Murrieta en marzo de 1994 en Lomas Taurinas, Tijuana, ha sido objeto de diversas revisiones legales. En octubre de 2023, un Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Estado de México concedió un amparo a Aburto, dejando sin efecto la condena de 45 años de cárcel. Dicho tribunal ordenó emitir una nueva resolución conforme al Código Penal de Baja California vigente al momento de los hechos, el cual establecía una pena máxima de 30 años de prisión. De aplicarse este criterio, la condena contra Aburto Martínez podría considerarse compurgada, ya que los 30 años se habrían cumplido en marzo de 2024.
La FGR impugnó este fallo ante la Suprema Corte, argumentando la necesidad de una revisión definitiva. Previamente, la extinta Primera Sala de la SCJN había revocado un amparo concedido a Aburto y ordenado reponer el procedimiento, al considerar que no se había tomado en cuenta a las víctimas, es decir, a los familiares de Colosio Murrieta.
El eje central de la controversia jurídica radica en determinar qué código penal debió aplicarse: si el Código Penal Federal, que permitió la sentencia de 45 años, o el Código Penal de Baja California, que establecía una pena máxima de 30 años. La defensa de Aburto Martínez sostiene que Colosio no ostentaba un cargo público federal al momento del ataque, por lo que el delito debió procesarse bajo la legislación estatal. La resolución de la SCJN no solo definirá el futuro de Aburto, sino que también sentará un precedente sobre la interpretación de delitos cometidos contra figuras políticas sin cargo oficial vigente.

