Un revés legal y logístico afecta la operación de plataformas de transporte como Uber en el Aeropuerto Internacional de Cancún. La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) aclaró que, a pesar de la suspensión definitiva otorgada por un juez federal a favor de Uber, las plataformas no cuentan con autorización para operar dentro de las terminales aéreas del país.
La controversia se centra en la interpretación de la ley:
- Suspensión Judicial: La jueza federal Blanca Alicia Ochoa Hernández concedió la suspensión definitiva al amparo 1202/2025, el cual establece que la Guardia Nacional no puede detener a conductores de Uber por recoger o dejar pasajeros en aeropuertos.
- Postura de la SICT: La dependencia federal enfatizó que esta suspensión solo regula que los operativos de la Guardia Nacional sean conformes a la ley, pero "no implica permiso" para que los choferes transporten pasajeros dentro de los aeropuertos, incluyendo la terminal de Cancún.
¿Qué servicios deben usar los pasajeros para transportarse desde el Aeropuerto de Cancún, según la SICT?
La SICT precisó que, si bien los conductores de Uber no pueden ser sancionados directamente por la suspensión, la normativa federal indica que no pueden recoger pasajeros dentro de las terminales aéreas.
Según la SICT, los pasajeros que lleguen al Aeropuerto de Cancún deben utilizar exclusivamente los servicios de taxis autorizados, autobuses de pasajeros o servicios turísticos para trasladarse fuera de la terminal, ya que Uber y otras plataformas no tienen permiso para operar en la zona federal.
Por su parte, la Secretaría de Turismo de Quintana Roo (Sedetur) acogió la resolución federal con cautela. Su titular, Bernardo Cueto Riestra, reiteró que la prioridad de la dependencia es la seguridad y comodidad de los visitantes, y que se actuaría en coordinación con las autoridades federales, respetando siempre el marco legal.
