El Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitió una modificación técnica a las restricciones impuestas sobre CIBanco, autorizando transferencias de fondos específicas que permitan al Gobierno de México concluir el proceso de liquidación de la entidad. Esta medida ajusta la orden de bloqueo emitida en junio de 2025, cuando la Red de Control de Delitos Financieros (FinCEN) vinculó a la institución con presuntas operaciones de lavado de dinero para organizaciones criminales.
Alcance de la autorización y rol del IPAB
La nueva directriz, firmada por Jimmy L. Kirby, subdirector de la FinCEN, establece una excepción a la prohibición general de transacciones internacionales que pesaba sobre la entidad. El objetivo es permitir que los flujos de capital necesarios para el cierre definitivo de operaciones no se vean interrumpidos por las sanciones de seguridad financiera.
- Condición de necesidad: Las transferencias solo se consideran autorizadas si son "ordinariamente incidentales y necesarias" para el proceso de liquidación.
- Autoridad ejecutora: El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB), en su calidad de liquidador designado, será el encargado de determinar qué operaciones son indispensables para finalizar el proceso.
- Restricción persistente: La flexibilización no implica un levantamiento de los cargos por lavado de dinero, sino una facilitación administrativa para la salida del banco del sistema financiero.
Cronología del colapso institucional
La crisis de CIBanco se originó tras una serie de acusaciones por parte de las autoridades estadounidenses que también alcanzaron a Intercam y la Casa de Bolsa Vector. El proceso se ha caracterizado por una celeridad regulatoria que culminó con el cese de funciones de la institución.
- Junio 2025: FinCEN emite la orden original acusando a CIBanco de facilitar el lavado de activos.
- Agosto 2025: CIBanco interpone una denuncia contra el Tesoro de EE. UU. ante la Corte Federal del Distrito de Columbia, recurso que posteriormente fue retirado.
- 10 de octubre de 2025: Se oficializa la entrada de la institución en proceso de liquidación tras la revocación de su licencia por parte de las autoridades mexicanas.
- Abril 2026: El Tesoro estadounidense publica la enmienda para permitir la movilidad de fondos necesaria para el cierre.
Postura del Sistema Financiero Mexicano
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) ha mantenido una narrativa de estabilidad, asegurando que la liquidación de CIBanco es un evento focalizado que no compromete la integridad del sistema bancario nacional. No obstante, ha generado controversia el hecho de que la licencia fue revocada sin que el gobierno mexicano recibiera pruebas documentales exhaustivas sobre las acusaciones del Tesoro estadounidense.
A pesar de los recursos legales interpuestos inicialmente por CIBanco para evitar su desaparición, la actual orden de la FinCEN facilita la ruta final para el pago a acreedores y ahorradores bajo la supervisión del IPAB. La prioridad de las autoridades de ambos países es ahora asegurar que la desarticulación de la entidad se realice de forma ordenada, evitando distorsiones en los mercados de divisas y pagos transfronterizos que CIBanco solía operar con alta frecuencia.




